Sociedades Mercantiles

Benito Juárez, Cancún Quintana Roo, a 21 de junio de 2021
BOLETÍN: 00142021

Una sociedad mercantil o también llamada sociedad comercial es una persona jurídica, que tiene por objeto la realización de actos de comercio o la realización de una actividad sujeta al Derecho comercial. La Ley General de Sociedades Mercantiles las reconoce como una entidad jurídica propia, independiente de los miembros que la conforman y con patrimonio propio. Asimismo solo pueden existir bajo una razón social o denominación por medio de los capitales aportados por los socios.
Cuando se constituyen una sociedad los socios adquieren responsabilidades y los beneficios que obtengan dependerán de la responsabilidad contraída. Por ello, es necesario conocer los detalles de los diferentes tipos de sociedades mercantiles para saber las obligaciones que adquirirán y las particularidades de cada una.
Sociedad de nombre colectivo
Sociedad de comandita Simple
Sociedad de responsabilidad Limitada
Sociedad anónima
Sociedad en comandita por acciones
Sociedad cooperativa 
Sociedad por acciones simplificadas
Existen 7 diferentes tipos de sociedades mercantiles en México aprobadas en la Ley General de Sociedades Mercantiles. Cada una responde a distintas necesidades, ya sea en el manejo del capital mercantil, en los roles, en los derechos y obligaciones sociales entre otros, las cuales son las siguientes:
Cualquiera de las sociedades a excepción de la Sociedad cooperativa, podrán constituirse como Sociedad de Capital variable.
Las sociedades mercantiles podrán realizar todos los actos de comercio necesarios para el cumplimiento de su objeto social, salvo lo expresamente prohibido por las leyes y los estatutos sociales.
Las sociedades se constituirán ante fedatario público y en la misma forma se harán constar con sus modificaciones. El fedatario público no autorizara la escritura o póliza cuando los estatutos o sus modificaciones contravengan a lo dispuesto en la Ley General de sociedades mercantiles.
Uno de los tipos de sociedades mercantiles más empleadas en el mundo y en México, son las sociedades anónimas y están conformadas por socios cuyas obligaciones se limitan al pago de sus respectivas acciones. Como mínimo se necesitarían dos socios para constituirla, mientras que el máximo de socios es ilimitado.
Sus titulares, los accionistas, participan del capital social mediante títulos o acciones, las cuales establecen diversas jerarquías entre ellos. Las acciones tienen un valor nominal y privilegios o derechos vinculados a ellas.
La denominación social de esta se puede elegir libremente, siendo distinta de cualquier otra sociedad, e irá siempre seguida de las palabras “Sociedad Anónima” o su abreviatura “S.A.”
Existen dos tipos de sociedades anónimas:
1. Sociedad Anónima Abierta (S.A.A.). Recurre al ahorro público de financiamiento
2. Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C.). Limitada a un número determinado de accionistas. La obtención del capital es privada.
Como se constituye una sociedad anónima:
Para constituir una sociedad anónima se debe de cumplir estos requisitos indicados en el artículo 89 capítulo V de la Ley General de Sociedad Mercantiles:
Que haya dos socios como mínimo y que cada uno suscriba una acción por lo menos.
Que el contrato social establezca el monto mínimo de capital social y que este íntegramente suscrito.
Que se exhiba en dinero efectivo, cuando menos el veinte por ciento del valor de cada acción pagadera en numerario
Que exhiba íntegramente el valor de cada acción que haya que pagarse, en todo o en parte, con bienes distintos del numerario.
El capital mínimo para constituir una sociedad anónima es de 50 mil pesos. En cuanto a la reserva, será necesario el equivalente al 5% de las utilidades anuales hasta complementar el 20% del capital social fijo.

Elaboró:
Yarindi Barradas Guzmán
Ricardo Armando Trejo León

Área Legal

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