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Pagar impuestos cuando obtienes algun premio o te ganas la loteria

Benito Juárez, Cancún Quintana Roo, a 08 de Noviembre de 2021
BOLETÍN: 00332021

¿SABES SI TIENES QUE PAGAR IMPUESTOS CUANDO OBTIENES ALGÚN PREMIO O TE GANASTE LA LOTERÍA?
Los premios son aquello que se otorgan por rifas y/o sorteos los cuales tienen que ser legales y autorizados; un ejemplo la lotería, cuando seas ganador de este tipo de concurso se estará obligado a presentar la declaración anual de persona físicas, siempre y cuando no rebasen los 600,000 pesos en individual o en su conjunto a los donativos y préstamos, ya que por ley recaes en el régimen de ingresos por la obtención de premios, en caso de no hacerlo, se considerarán ingresos presuntos y tendrás que pagar ISR de conformidad al artículo 90 de la ley de ISR para personas físicas.
Este tipo de obligación “Avisar o presentar tu declaración anual” se realiza a través de los medios y formatos que para tal efecto señala el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Recuerda que si por el ingreso que obtuviste te retuvieron el impuesto, deben emitirte un comprobante fiscal que ampare los pagos y retenciones, Quien te entregue el premio efectuará la retención del impuesto y se considera pago definitivo.
El ingreso al que se refiere el párrafo anterior está definido en el artículo 137 de la ley de ISR el cual nos dice que se consideran ingresos por la obtención de premios, los que deriven de la celebración de loterías, rifas, sorteos, juegos con apuestas y concursos de toda clase, autorizados legalmente. Cuando la persona que otorgue el premio pague por cuenta del contribuyente el impuesto que corresponde como retención, el importe del impuesto pagado por cuenta del contribuyente se considerará como ingreso y no se considerará como premio el reintegro correspondiente al billete que permitió participar en las loterías.
¿Pero cuánto es el impuesto que se te retendrá? En la misma ley del Impuesto Sobre la Renta se dan los porcentajes en su artículo 138 que indica que los impuesto por los premios de loterías, rifas, sorteos y concursos, organizados en territorio nacional, se calculará aplicando la tasa del 1% sobre el valor del premio correspondiente a cada boleto o billete entero, sin deducción alguna, siempre que las entidades federativas no graven con un impuesto local los ingresos a que se refiere este párrafo, o el gravamen establecido no exceda del 6%. La tasa del impuesto a que se refiere este artículo será del 21%, en aquellas entidades federativas que apliquen un impuesto local sobre los ingresos a que se refiere este párrafo, a una tasa que exceda del 6%.
Al igual que al mexicano, se le efectuara la retención a los extranjero que ganen algún premio de los antes mencionado y tendrán el mismo porcentaje de retenciones de acuerdo al artículo 169 de la ley del Impuesto Sobre la Renta dado que la fuente de riqueza o ingresos se obtiene del territorio nacional.
Cabe mencionar que ganar algún premio provoca una inmensa alegría y gozo, sin embargo no tenemos que pasar por alto que tenemos obligaciones que cumplir como nos lo rige la “Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos” el cual menciona que debemos contribuir al gasto público.

Bibliografía:
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNION. (31 de julio de 2021). Obtenido de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LISR_310721.pdf
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA. (31 de 07 de 2021). Régimen de los Ingresos por la obtención de premios. Obtenido de https://www.sat.gob.mx/consulta/72905/conoce-el-regimen-de-los-ingresos-por-la-obtencion-de-premios
Elaboró:
Saúl Antonio Ix Cohuo
Analista Contable
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